NUESTROS CONTRATOS
Contrato de cesión de deuda
- En esta modalidad, la deuda pasa a el cobrador del frac.
- Se le exime de cualquier responsabilidad en la gestión.
- El cobrador del Frac puede iniciar cualquier procedimiento penal si lo viera conveniente
- Incorporación de los deudores en nuestro archivo de morosos
- Contrato exento de I.V.A.
Contrato de arrendamiento de servicios
SERVICIOS ESPECIALES EMPRESAS
- Usted sigue siendo el dueño de la deuda.
- Para iniciar cualquier procedimiento judicial, nos tiene que dar poderes para pleitos.
- Documentación asegurada con póliza de seguros.
- Introducción de la empresa deudora en nuestro archivo de morosos
- Contrato de servicios con I.V.A.
Grandes cuentas con condiciones especiales
Se consideran grandes cuentas importes superiores a 2.500.000 y/o un determinado numero de expedientes en función de su viabilidad.
Esta contratación conllevaría una única cuota de contratación mas un gasto por expediente.
Con cada uno de los expedientes que se contrate en cualquiera de las modalidades se realizara informe por escrito
En el plazo de 45 días, tendremos a su disposición un reporte detallado previa petición por escrito vía email, que contestaremos por la misma vía y que incluirá los siguientes elementos:
Información recabada en su entorno personal y profesional así como la solvencia económica y opciones de cobro tanto judicial como extrajudicial y cobros realizados.
Contrato información
EXCLUSIVO PARA ABONADOS
- Información telefónica inmediata, de los datos obtenidos de los Registros Públicos, que muestren cualquier tipo de incidencia y consulta básica a nuestra base de datos de morosidad de la sociedad consultada, así como de sus cargos sociales y las posibles empresas vinculadas.